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(En vigor desde el 01/01/12)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TARIFAS POR SERVICIOS INDIRECTOS PRESTADOS POR EMPRESAS EN EL PUERTO DE HUELVA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Vigentes para 2012).

 


 

ÍNDICE GENERAL

 

 

 

 

1.     Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de practicaje

2.     Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de remolque de buques

3.     Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de remolque menor de buques

4.     Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de amarre y desamarre de buques

5.     Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo I del Convenio MARPOL 73/78.

6.     Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo V del Convenio MARPOL 73/78.

7.     Tarifas del servidio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo IV del Convenio MARPOL 73/78.

8.     Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo VI del Convenio MARPOL 73/78.

9.     Tarifas aplicables a la recogida de “otros desechos y residuos”.

10.  Tarifas del servicio portuario de venta de hielo.

11.  Tarifas del servicio portuario de básculas.

12.  Tarifas del servicio portuario de suministro de agua potable.

13.  Tarifas del servicio portuario de grúas de pórtico.

14.  Tarifas de uso de Lonja de pesca fresca.

 


TARIFAS POR SERVICIOS INDIRECTOS PRESTADOS POR EMPRESAS EN EL PUERTO DE HUELVA

 

1. Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de practicaje.

 

Secciones del Puerto

 

El Puerto de Huelva está dividido, a efectos de practicaje, en tres Secciones, señalándose los siguientes límites para cada una de ellas:

 

1ª Sección.

La comprendida entre los meridianos 6º-48’ W y 6º-56’ W, el paralelo 37º-04’5 N y la costa, incluida la Barra, hasta el Muelle del Vigía.

 

 

2ª Sección.

La comprendida entre el Muelle del Vigía y la línea E/W del Monumento a Colón en la Punta del Sebo.

 

 

3ª Sección.

La comprendida entre la línea E/W del Monumento a Colón hasta el Puente Sifón “Santa Eulalia”, sobre el río Odiel.

 

Tarifas máximas.

 

 

Entradas o salidas

Movimientos interiores

G.T.

Misma

Misma Sección

Entre

 

Hasta

Sección

Sección

Sección

Sección

Secciones

 

 

 

 

 

1ª, 3ª

 

 

 

1.000

76,82

115,14

116,97

76,28

91,79

109,27

 

2.000

96,75

143,09

147,43

95,71

111,20

135,70

 

3.000

122,56

179,27

186,82

121,58

137,09

169,67

 

4.000

148,39

215,45

226,26

147,22

162,71

203,88

 

5.000

174,25

251,65

265,70

173,06

188,57

238,33

 

6.000

199,66

287,22

304,43

198,62

214,14

272,42

 

7.000

225,47

323,36

343,85

224,21

239,71

306,53

 

8.000

251,29

359,52

383,24

249,80

265,34

341,16

 

9.000

276,76

395,38

422,34

274,37

289,90

373,42

 

10.000

302,59

431,55

461,77

299,85

315,40

407,40

 

> 1.000 cada 1.000 o fracción

23,48

32,91

35,87

23,31

23,31

31,06

 

 

El arqueo bruto (GT) es el correspondiente al Certificado internacional de arqueo del buque de acuerdo con el Convenio Internacional de Londres de 1.969.

 

Las tarifas máximas antes expresadas incluyen todos los conceptos, incluso los gastos de locomoción del práctico que preste el servicio, a excepción del IVA que corresponda y los siguientes recargos y bonificaciones:

 

a) Recargos.

 

100%

A los servicios prestados entre las 19,00 horas y las 7,00 horas.

 

50%

A los servicios prestados los sábados entre las 12,00 horas y las 19,00 horas, y los domingos o festivos entre las 07,00 horas y las 19,00 horas, según el calendario laboral vigente para la ciudad de Huelva.

 

Para la aplicación de los anteriores recargos bastará que la quinta parte de la duración del servicio esté comprendida dentro de los citados intervalos.

 

Por los servicios prestados a buques y artefactos sin máquina la tarifa resultante se incrementará en un 100 %.

 

Cuando debido a razones de seguridad la Capitanía Marítima disponga la obligatoriedad de que el servicio de practicaje a un buque sea prestado por dos prácticos, la tarifa resultante tendrá un incremento del 25 %:

 

En vigor desde 01/01/11.

Incremento: 1,00 %

Publicado: A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración 29/12/10

 

 

2. Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de remolque de buques.

 

G.T.

Buque

Remolcado

Hasta:

Remolcador

De

1.000 H.P.

a 1.500 H.P.

Remolcador

De

1.501 H.P.

a 2.000 H.P.

Remolcador

De

2.001 H.P.

a 2.500 H.P.

Remolcador

De

2.501 H.P.

a 3.000 H.P.

Tractor

De

4.000 H.P.

 

 

1.000

165,08

198,06

214,59

232,46

267,32

2.000

232,27

277,61

348,42

435,52

500,83

3.000

319,50

383,39

479,24

599,03

688,91

5.000

348,56

418,30

522,85

653,46

751,47

7.000

468,88

567,32

709,71

888,98

1.019,45

10.000

647,83

777,40

971,72

1.217,62

1.396,83

13.000

851,35

1.039,93

1.298,33

1.622,88

1.866,34

16.000

983,47

1.182,78

1.478,44

1.848,02

2.125,24

19.000

1.082,54

1.309,90

1.637,36

2.046,71

2.353,68

22.000

1.181,93

1.430,17

1.787,69

2.234,63

2.569,81

25.000

1.234,70

1.493,64

1.867,06

2.333,83

2.683,91

30.000

1.311,60

1.587,03

1.984,91

2.479,56

2.851,49

> 30.000 cada 5.000 o fraccion

200,44

240,95

300,66

375,83

432,21

 

·       Los servicios en la monoboya tendrán un recargo de 1.262,30 € por desplazamiento.

 

·       Los buques dedicados exclusivamente a realizar el tráfico de cabotaje nacional, tendrán una bonificación del 10 %.

 

·       Los cabos de remolque serán proporcionados por el remolcador, a petición del buque remolcado. En los buques de eslora igual o superior a 180 m, los cabos los proporcionará el remolcador. En uno y otro caso los usuarios abonarán un suplemento de 40,80 € por su utilización.

 

·       Por retenciones del remolcador una vez iniciado el servicio, debido a interrupciones del servicio y por causa no imputables al remolcador, se abonarán 317,36 € por cada hora o fracción.

 

·       Por servicio para compensar agujas náuticas, escolta o cualquier otro que por sus características deban abonarse por tiempo invertido, se facturarán a razón de 322,12 €, por cada hora o fracción.

 

·       Los servicios solicitados y posteriormente anulados, pagarán el 50 % del importe que corresponde al servicio efectivo, siempre que el remolcador haya desatracado de su base.

 

·       Los servicios en los que se podrá aplicar un recargo del 50 % de la tarifa base son los siguientes:

 

·          Los prestados entre las 19:00 y 7:00 horas.

 

·          Los prestados en domingos, festivos o sábados a partir de las 12:00 horas.

 

·          Los prestados a buques sin gobierno o máquina.

 

·          Los de entrada o salida en dique, carro o varadero.

 

·          El servicio completo de cambio o amarradero, dentro de la dársena o bahía.

 

·       Para buques menores de 10.000 G.T. no se les podrá facturar las tarifas de remolcadores de mas de 2.000 H.P., independientemente del remolcador que utilicen, salvo en el caso que sea solicitado.

 

 

 

En vigor desde 01/01/11

Incremento: 1,50 %

Publicado: A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración 29/12/10.

 

 

3. Tarifas del servicio portuario de remolque menor de buques.

 

Tarifas de atraque y desatraque

Eslora de 0 a 90 m.

Importe por servicio

Tarifa Plana

351,67

 

 

Otros

Hora de espera

175,85 €/hora

Maniobras de remolque/acoplamiento y/u otras especiales (**)

351,67 €/hora

Utilización de cabos remolcador

31,87 €

Intervenciones en emergencias (lucha contra incendios, vertidos, etc.)

983,72 €/hora

 

Recargos

Servicios solicitados y no cumplidos (una vez desatracado el remolcador)

Se abonará el 50% del importe correspondiente

 

 

Asistencia a buques mayores de 90 m de eslora por causas excepcionales (zonas de poco calado, emergencias, maniobras en los astilleros)

GT buque remolcado

Importe por remolcador (€)

>3.000 hasta 5.000

404,52

Hasta 7.000

552,78

Hasta 10.000

623,13

Hasta 13.000

820,36

Hasta 16.000

940,10

Hasta 19.000

1.051,07

Hasta 22.000

1.148,31

Hasta 25.000

1.180,58

Hasta 30.000

1.214,08

>30.000

1.214,08 + 169,54 por cada 5.000 GT o fracción que exceda a 30.000 GT.

 

   (**) 4 horas mínimo.

 

En vigor desde 01/01/11

Incremento: 1,50 %

Publicado: A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración 29/12/10.

 

 

4. Tarifas del servicio portuario técnico-náutico de amarre y desamarre de buques

 

Se entiende por servicio de amarre o desamarre, el que se presta a un buque cuando sea necesario, para dejarlo debidamente firme o libre a/o un muelle o boya, realizando las operaciones previas para dar o soltar los cabos que se estime necesario a tal fin. El número de amarras (estachas o cables) mínimo por cada buque, cuando amarre a cualquier muelle o pantalán en este puerto, será las fijadas en la tabla siguiente.

 

Las tarifas a aplicar serán las siguientes para operaciones de amarre y desamarre de buques:

 

G.T. Buque

Hasta:

Tarifas por servicios de amarre o desamarre

nº de amarras

Incluídas

1.000

24,84

6

2.000

36,72

6

4.000

55,75

6

6.000

91,78

6

8.000

104,83

6

10.000

120,57

6

14.000

137,37

6

18.000

162,29

6

22.000

196,06

6

25.000

220,32

6

30.000

255,82

6

>30.000

cada 1.000

ó fracción

6,31

 

6

 

A estas tarifas se aplicarán los siguientes recargos:

 

Recargos sobre las tarifas

 

100 %

Servicios prestados entre las 19;00 h y las 7:00 h, considerados como servicios nocturnos.

 

 

50 %

Servicios prestados en sábados a partir de las 12:00 h, en domingos y festivos, considerados como servicios festivos.

 

 

100 %

Servicios efectuados en pantalanes

 

 

10 %

A partir del número de amarra obligatorias contenidas en las tarifas, por cada amarra de mas que se de al buque de las incluídas en las tarifas.

 

Si terminada la maniobra y transcurrido un cierto tiempo fuesen requerido nuevamente los servicios de los amarradores para reforzar amarras, este nuevo servicio, se considerará como nuevo amarre.

 

La enmendada corriendo a lo largo del muelle, se facturará como un servicio. Si el recorrido excede de 50 m (2 norays) la operación se considerará como un nuevo amarre y un desamarre.

 

En ningún caso se podrá aplicar por servicio en nocturno y/o festivo recargo superior al 100 % de las tarifas, a no ser por el recargo de número de amarras y por servicios en pantalanes.

 

En vigor desde 01/01/11

Incremento: 1,50 %

Publicado: A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración 29/12/10.

 

 

5. Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo I del Convenio MARPOL 73/78.

 

Cuando el buque entregue más de 15 m3:                                                       23,23 €/m3.

 

Cuando el buque entregue menos de 15 m3:                                                   27,52 €/m3.

 

Autoservicio de recogida de aceites a buques pesqueros:                                           Gratuito

 

Autoservicio de recogida de aceites de embarcaciones deportivas:                           27,52 €/m3.

 

En vigor desde 01/01/11.

Incremento: 1,725 %

Publicado: BOPH nº 9 de 14/01/11.

Tarifas revisables por: C.A. APH 29/12/10

 

 

6. Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo V del Convenio MARPOL 73/78.

 

Tarifa única de 112,20 € por escala de buque, válida por períodos de siete días.

 

Tarifa única por servicios a flote de 489,60 € por viaje.

 

Recargo en los servicios prestados de 15:00 a 20:00 horas:           25%

Recargo en los servicios prestados de 20:00 a 07:00 horas:           45%

Recargo en los servicios prestados en festivos:                               45%.

 

 

En vigor desde 01/01/11

Incremento: 2,00 %.

Publicado: BOPH nº 9 de 14/01/11

Tarifas revisables por: C.A. APH 29/12/10.

 

7. Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo IV del Convenio MARPOL 73/78.

 

El precio se aplicará en cada caso, en función de las condiciones reales del servicio.

 

Con carácter general, 324 €/m3 recogido.

 

Para servicios en Zona II o en campo de boyas de Zona I, se sumará el coste del transporte marítimo.

 

Si el buque no dispone de medios de bombeo, o no están operativos, y la descarga se realizase con medios aportados por el prestador, el alquiler de dichos medios será de 50 €/hora o fracción.

 

8. Tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo VI del Convenio MARPOL 73/78.

 

El precio se aplicará en cada caso, en función de las condiciones reales del servicio.

 

9. Tarifas aplicables a la recogida de “otros desechos y residuos”.

 

La cantidad estará compuesta por una parte fija de transporte a razón de 86,61 / 121,31 (diarios/festivos) € por contenedor de 4 m3 y una parte variable de gestión en función del tipo de residuo a retirar, de acuerdo con la siguiente lista:

 

 

€/kg

Aguas hidrocarburadas

0,66

Filtros de aceite

1,35

Baterías de plomo usadas

2,34

Tubos fluorescentes

83,5

Grasas

0,90

Lodos de grasas y aceites

1,20

Aerosoles

15,54

Pilas alcalinas

1,98

Absorbentes, material contaminado y resto de pinturas

2,31

Envases metálicos contaminados

0,78

Envases de plástico contaminados

3,08

Restos de fuel-oil

0,97

Producos químicos

Según clase

 

Para servicios en Zonba II ó campo de boyas en Zona I, habrá de sumarse el coste del transporte marítimo.

 

10. Tarifas del Servicio Portuario de Venta de Hielo

 

60,00 €/tm.

 

En vigor desde 05/07/05.

Incremento:

Publicado: tablón A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración APH, I.P.C. dic.

 

 

11. Tarifas del Servicio Portuario de Básculas

 

·       Por pesada de camión cargado:                 3,47 €.

 

·       Por pesada de camión vacío (tarado):       2,16 €.

 

·       Por vagones de ferrocarril cargados:        7,36 €.

 

·       Por vagones de ferrocarril vacíos:                             4,26 €.

 

Los servicios fuera de la jornada ordinaria tienen un recargo del 25 %.

 

Los servicios en días festivos tienes un recargo del 50 %.

 

En ambos casos el mínimo sería de 20 pesadas.

 

En vigor desde 01/01/07

Incremento: 2,7 %

Publicado:

Tarifas revisables por: I.P.C. dic.

 

 

12. Tarifas del Servicio de Suministros de Agua Potable

 

A instalaciones:

 

Usuarios conectados a la red de saneamiento municipal a través de la propia red del Puerto de Huelva:

 

Abastecimiento:

 

Cuota de servicio: (calibre contador/13)2 x 4,49 €/mes.

 

Calibre contador

mm

Cuota servicio

Calibre contador

mm

Cuota servicio

13

4,49

65

112,25

15

5,98

80

170,04

20

10,63

100

265,68

25

16,61

125

415,13

30

23,91

150

597,78

40

42,51

200

1.062,72

50

66,42

250 y más

1.660,50

 

Cuota variable:      0,937 €/m3.

 

Saneamiento:

 

Cuota de servicio en base al calibre del contador: (calibre del contador/13)2 x 4,40 €/mes.

 

Calibre contador

mm

Cuota servicio

Calibre contador

mm

Cuota servicio

13

4,40

65

110,00

15

5,86

80

166,63

20

10,41

100

260,36

25

16,27

125

406,80

30

23,43

150

585,80

40

41,66

200

1.041,42

50

65,09

250 y más

1.627,22

 

Cuota variable:      0,848 €/m3.

 

Usuarios no conectados a la red de saneamiento municipal aunque estén a la red del Puerto de Huelva:

 

Cuota de servicio: (calibre contador/13)2 x 4,49 €/mes.

 

Calibre contador

mm

Cuota servicio

Calibre contador

mm

Cuota servicio

13

4,49

65

112,25

15

5,98

80

170,04

20

10,63

100

265,68

25

16,61

125

415,13

30

23,91

150

597,78

40

42,51

200

1.062,72

50

66,42

250 y más

1.660,50

 

Cuota variable:      1,475 €/m3.

 

A otras empresas que presten el servicio a buques:

 

Por m3 de agua suministrada:            1,232 €

 

La empresa prestataria del suministro a buques:

 

Por m3 de agua suministrada:            2,686 €.

 

El mínimo a facturar por servidio será de 26,83 €.

 

 

En vigor desde 01/01/12.

Incremento:

                Abastecimiento fijo:                 15,42 %

                Abastecimiento variable:          17,57 %

                Saneamiento fijo:                     15,18 %

                Saneamiento variable:              17,45 %.

Publicado: BOPH nº

Tarifas revisables por: C.A. APH 14/12/11.

 

 

13. Tarifas para la prestación del Servicio de Grúas Pórtico

 

Por cada hora o fracción de puesta a disposición de las grúas, las cuantías de las tarifas son las siguientes:

 

Tipo de Grúa

Tarifa (€)

 

 

8 Tm

134,640280

12 Tm

173,108060

16 Tm

230,769880

 

En vigor desde feb’02

Incremento:

Publicado: A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración APH

 

 

14. Tarifas de uso de Lonja de pesca fresca.

 

Uso de Lonja.-                                          1,1 % sobre precio de venta de subasta.

 

Clasificación.-                                           1,953289 €/unidad caja pandereta.

 

Acarreo:

 

      Caja pandereta (10/12 Kg).-            0,96 €

      Caja vapora (20/30 kg).-                   1,14 €

 

 

 

En vigor desde 08/06/89.

Incremento: No revisada

Publicado: A.P.H.

Tarifas revisables por: Consejo de Administración APH

 


NORMAS DE APLICACIÓN

 

 

Acuerdos del Consejo de Administración:

 

 

29/12/10.- Acuerdo de revisión de tarifas del Servicio portuario técnico-náutico de practicaje en el Puerto de Huelva.

 

29/12/10.- Acuerdo de revisión de tarifas del servicio portuario técnico-náutico de amarre y desamarre de buques en el Puerto de Huelva.

 

29/12/10.- Acuerdo de revisión de tarifas del servicio portuario técnico-náutico de remolque de buques en el Puerto de Huelva.

 

29/12/10.- Acuerdo de revisión de tarifas del servicio portuario técnico-náutico de remolque menor de buques en el Puerto de Huelva.

 

29/12/10.- Acuerdo de revisión de tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo V del convenio MARPOL 73/78 en el Puerto de Huelva.

 

29/12/10.- Acuerdo de revisión de tarifas del servicio portuario de recepción de desechos y residuos del anexo I del convenio MARPOL 73/78 en el Puerto de Huelva.

 

14/12/11. Acuerdo de revisión de la tarifa T81. Suministro de agua.